Nota: Informe de una sola fuente; pendiente de corroboración.

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) ofrecen servicios de adaptación razonable para apoyar a los empleados con discapacidades y promover un entorno laboral inclusivo y seguro. Se anima a los empleados que necesiten adaptaciones para el proceso de solicitud o para desempeñar las funciones esenciales de su puesto a que informen a su empleador.

Los CDC definen la adaptación razonable como cualquier modificación en el entorno laboral que permita a una persona con discapacidad tener igualdad de oportunidades de empleo. Algunos ejemplos incluyen la modificación de los horarios laborales, la reestructuración de puestos de trabajo, la oferta de instalaciones accesibles o la provisión de intérpretes o lectores cualificados.

Estos servicios cumplen con la Ley de Rehabilitación de 1973, en su versión modificada, y con la Ley de Enmiendas a la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) de 2008. Se define como persona con discapacidad a aquella que tiene una deficiencia física o mental que limita sustancialmente una o más actividades importantes de la vida, tiene un historial de dicha deficiencia o se considera que tiene dicha deficiencia.

Para ser elegible, el solicitante o empleado con discapacidad debe poseer las habilidades, la formación y la experiencia necesarias para desempeñar las funciones esenciales del puesto. Asimismo, debe describir la relación entre sus limitaciones derivadas de la discapacidad y la adaptación solicitada.

El personal de los Servicios de Adaptación Razonable también aborda las barreras sistémicas a las que se enfrentan las personas con discapacidad, asesora a la dirección sobre posibles soluciones y ofrece formación sobre políticas y procedimientos relacionados con las adaptaciones.