Nota: Informe de una sola fuente; pendiente de corroboración.
El Departamento de Energía (DOE) ha establecido Directrices de Calidad de la Información, en consonancia con la Ley de Calidad de la Información, según lo estipulado por la Ley de Asignaciones para el Tesoro y el Gobierno General, para garantizar que la información difundida por la agencia cumpla con los estándares de calidad, objetividad, utilidad e integridad. Estas directrices ayudan a las oficinas del DOE a proporcionar información precisa y confiable al público.
Como parte de su compromiso, el Departamento de Energía (DOE) cuenta con mecanismos que permiten al público solicitar correcciones a la información si esta resulta inconsistente con las directrices de la agencia o de la Oficina de Administración y Presupuesto (OMB). Este proceso fomenta la transparencia y la confianza en la información del DOE.
El Departamento de Energía (DOE) sigue las iniciativas de la Oficina de Administración y Presupuesto (OMB), incluidas las directrices publicadas en el Registro Federal en 2002 y el Memorando M-19-15 de 2019, que instruyen a las agencias a actualizar sus prácticas en respuesta a los cambios en el entorno de la información y a adoptar las mejores prácticas para la calidad de la información.
Además, el Departamento de Energía (DOE) se adhiere al Boletín Final de Calidad de la Información para la Revisión por Pares de la Oficina de Administración y Presupuesto (OMB), que fomenta la revisión por pares para mejorar la credibilidad y la objetividad de la información científica en todas las agencias federales. Esta política destaca la revisión por pares como esencial para garantizar la fiabilidad de las evaluaciones científicas de gran influencia y otra información difundida por el DOE.