Nota: Informe de una sola fuente; pendiente de corroboración.

El Presidente emitió una orden ejecutiva que eliminaba los criterios de designación establecidos por las Órdenes Ejecutivas 11644 (1972) y 11989 (1977) con respecto al uso de vehículos todoterreno en terrenos federales. Estas órdenes anteriores incluían criterios para minimizar el impacto en los recursos y los conflictos entre usuarios, pero se consideraban vagas y difíciles de implementar.

Según la nueva orden, las normativas vigentes —como la Ley Nacional de Preservación Histórica, la Ley Nacional de Política Ambiental, la Ley de Especies en Peligro de Extinción y la Ley Federal de Política y Gestión de Tierras— ya proporcionan una gestión suficiente para el uso de vehículos todoterreno, lo que hace innecesarias las órdenes derogadas. La administración justificó la actualización del marco regulatorio citando los avances tecnológicos, operativos y en la gestión de tierras desde la década de 1970.

La orden ejecutiva establece que el cambio tiene como objetivo reducir las cargas regulatorias innecesarias para las industrias vitales para la seguridad nacional y económica, manteniendo al mismo tiempo las protecciones ambientales esenciales. Se señaló que los criterios eliminados —minimizar el acoso a la vida silvestre, los conflictos entre usuarios y el ruido— eran difíciles de implementar eficazmente y no estaban contemplados en la ley.