Nota: Informe de una sola fuente; pendiente de corroboración.

El Presidente ha enmendado la Orden Ejecutiva 13603 para actualizar la delegación de competencias en materia energética, conforme a la Ley de Producción de Defensa. La enmienda otorga tanto al Secretario del Interior como al Secretario de Energía autoridad independiente sobre asuntos energéticos dentro de sus respectivas competencias.

Si surgen disputas entre los dos Secretarios sobre cualquier tema relacionado con la energía, el asunto se remitirá primero al Consejo Nacional de Dominio Energético. En el caso de disputas que involucren infraestructura de defensa nacional u operaciones militares, el asunto deberá remitirse tanto al Consejo Nacional de Dominio Energético como al Consejo de Seguridad Nacional, con la participación del Departamento de Guerra en el proceso de resolución.

Otras enmiendas especifican que, para la producción, construcción, distribución y actividades relacionadas con la energía, ambos secretarios pueden ejercer la autoridad delegada de forma independiente. Además, ciertas facultades presidenciales en virtud de la Ley de Producción de Defensa ahora se delegan de forma independiente a los secretarios del Interior, Comercio y Energía.

La orden aclara que no menoscaba ninguna autoridad legal existente otorgada a los departamentos ejecutivos, agencias o sus titulares.

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